Ciudad de México a 28
de junio de 2012
LA REFLEXIÓN. PROCESO NECESARIO PARA EL SUFRAGIO CONSCIENTE
El próximo domingo, primero de
julio, desde las 08 a las 18 horas los ciudadanos mexicanos acudiremos en
ejercicio de nuestro derecho y obligación[1] a
expresar, a través del sufragio, nuestra preferencia política para renovar a
los integrantes de los órganos constituidos del Estado.
No es menor la relevancia, se
elegirán a 628 legisladores y a un presidente de la república, estos futuros
funcionarios públicos tendrán el deber de conducir los destinos de México
durante los próximos seis años[2] para el
caso del ejecutivo federal y los senadores y de tres en el supuesto de los
diputados[3].
En este marco el ciudadano, quien
no goza de la preponderancia de grandes sueldos ni de la atención de los medios
de comunicación es tomado en cuenta por todos los círculos de la sociedad y el poder,
pues se empodera en virtud de adquirir, por un día, para el caso de los
funcionarios de casilla el carácter de autoridad electoral, se transforma, por
unas horas en el sujeto revestido de Auctoritas[4];
por otro lado, se hallan los titulares del voto activo, quienes con su
expresión en la boleta electiva participaran, de modo indirecto en el cariz de
las leyes a aprobarse en las siguientes legislaturas, pero también delinearán
cómo desean la aplicación de la norma, si con una perspectiva de apoyo a la
industria para generar empleo y fortalecer el sistema bancario y producir
ahorro y crecimiento (Derecha); o si pretenden imprimir un régimen de
enaltecimiento y protección de derechos humanos y fundamentales con el afán de
lograr el ánimo creativo de las personas con educación, investigación, salud y
deporte(Izquierda).
En este sentido, como se puede
ver, de buena parte de la decisión de nosotros, como ciudadanos dependerá el
bienestar de las personas, familias, ingresos, trabajo, salud, servicios, las
relaciones de México con el orbe, el aumento de haber en la balanza de pagos,
el crecimiento de la industria, entre otras muchas valiosas consideraciones. En
este orden de ideas son valiosos los instantes dedicados a la reflexión,
actividad propiciatoria de razón para conocer el porqué de la decisión de optar
por tal o cual persona o partido
político y no caer en la persuasión generada por las redes sociales, pues éstas
enaltecen a sus respectivos candidatos, quienes dicen ser la mejor opción, pero
ninguno explica por qué es así, en este tenor, corresponde a los ciudadanos dilucidar
esa razón que se negaron a proporcionarnos.
Es por ello que ahora, en este
momento de veda electoral[5], cabe
resaltar la actividad reflexiva, la cual es autónoma, en consecuencia se
realiza en el ámbito de la singularidad y de la subjetividad porque nadie
participa, sólo uno mismo y es en ese espacio de introspección donde se
dilucida quién de los implicados expuso propuestas factibles, tomando en cuenta
que cualquier cambio no depende solamente del ejecutivo, sino también del
legislativo; que el desarrollo económico está vinculado estrechamente con
tópicos como la investigación, educación,
producción interna, inversión nacional y extranjera; y considerar también una
serie de largos etcéteras vinculados con la mejora nacional.
Por lo anterior es necesario que
todos los ciudadanos disgreguen si su intención del voto es producto de una
coacción derivada del empleo poseído o el que se pretende tener, o bien, de los
beneficios “peregrinos” como las tarjetas, despensas, bultos de cemento, entre
otros.
En este tenor, la postura
contraria a lo referido es la respuesta a la pregunta:
Qué es lo mejor para
la nación.
Esto no debe confundirse con los
intereses propios y los de nuestra familia, sino con la perspectiva de una
sociedad plena.
En conclusión, debemos decidir
nuestra opción de voto, dentro del perímetro de la individualidad, fuera de la
mezquindad y de lleno en la virtud de lo dadivoso, con miras a lograr un México
grande y en constante crecimiento, sano, con espíritu crítico, con su espacio
merecido en el entorno internacional, por nuestros hijos, familias y
compatriotas.
Yuri Pavón Romero
[1] La
Constitución Mexicana reconoce en sus artículos 35 y 36 como una prerrogativa y
obligación al mismo tiempo acudir a ejercer el voto activo.
[2]
Respectivamente, último párrafo del artículo 56 y el artículo 83, ambos de la Constitución Mexicana.
[3]
Artículo 53 de la Constitución Mexicana.
[4]
Poder proveniente del reconocimiento social.
[5]
Artículo 237 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.