LA JUSTICIA 32 AÑOS DESPUES Y EL DEBER
DE CUIDAR NUESTROS COMENTARIOS
Ciudad
de México a 16 de junio de 2012
Estaba
en el segundo lustro de mi vida y en aquellos tiempos era una agradable rutina
acudir los sábados por la tarde a comer con mis abuelos maternos. En aquellas
fechas estaban de moda los aparatos que vinieron a sustituir los proyectores de
cinta que solamente la gente rica tenía, me refiero a las videocaseteras, ahora
éstas bien podrían ser piezas del museo de los enceres domésticos, con éstas llegaba
el cine opcional para cada persona y familia de la clase media en México, mis
abuelos tuvieron una “video” antes que nosotros, por ello en muchas ocasiones
aquellas comidas narradas culminaban con una invitación a la sala para ver
películas.
Recuerdo
el impactó que en una de esas tardes tuve cuando vimos en familia la película, un grito en la oscuridad, el filme trata
de una pareja de jóvenes esposos australianos con tres hijos que al inicio de
la década de los ochentas acudieron a un campamento cerca del paisaje natural
que se precia de tener la roca más grande del mundo, Uluru, o Ayers Rock. Los
niños del matrimonio eran dos, tenían respectivamente 5 y 8 años; además,
contaban también con un bebé de nueve semanas de vida.
Al
inicio del campamento, pero por la noche, los esposos conviven con otro
matrimonio en una parrillada donde la degustación eran cervezas y salchichas
vegetarianas, cuando la convivencia se torna agradable por la buena plática la
esposa y madre de los niños, Lindy Chamberlain-Creighton percibe un grito,
angustiada se da cuenta que el alarido proviene de la tienda de campaña en
donde tiene dormida a la bebé y a la vez aprecia a un dingo salir rápidamente.
Acude
el matrimonio a la tienda y se dan cuenta que ya no está su hija, aterrada la
madre emite varios gritos en la oscuridad implorando a Dios el bienestar de su
hija, para ello el padre, Michael Chamberlain reúne casi de inmediato a todos
los hombres del campamento y en formación horizontal caminan en línea recta con
linternas y antorchas hacia donde el dingo huyó con la esperanza de localizar a
la niña, lamentablemente no hallan nada.
Tiempo
después unos turistas encuentran, cerca del campamento, los ropajes de la bebé
y cuando éstos son revisados por los forenses determinan, a través de su
dictamen la existencia de sangre de humana, pero además advierten los cortes
impuestos en la ropa, estos fue hechos no por colmillos de dingo, sino por un
instrumento cortante como una tijera o tal vez una navaja filosa tipo hoja de
afeitar.
Es
así como inicia un periplo judicial para los padres de la niña, en este tramo
la película tiene como sets de rodajes salas de audiencia judicial propios de
los sistema del common law en donde se
llevan a cabo audiencias en presencia de jurados, fiscales y jueces.
Aunque
por la descripción pareciera que la película es meramente jurídica la verdad es
que no es así, es una historia dramática debido al sufrimiento de la familia,
lo cual me dejo sorprendido, sobre todo porque a mi corta edad comprendí la
existencia de peligros en todo instante, incluso al estar cerca de un canino;
además reflexioné como con comentarios lesivos se pueden generar problemas a
las personas las cuales, sin deberla ni temarla están ante la mirada
fustigadora de la sociedad.
El hecho
es que la trama de la película no concluyó con las letras The end, pues esta semana, apenas el martes anterior; es decir, 32
años después la justicia australiana concluyó que el perro sí sustrajo a la
niña y le causo su muerte.
En
este sentido es notorio el derecho poseído por todos los humanos para forjarnos
una opinión de lo que sea y queramos, pero es un deber ético y en algunos casos
hasta deóntico, pensar en el impacto de nuestros comentarios en los demás.
El
caso propició tanta polémica porque parecía un invento más que una opción real,
pues la posibilidad de la muerte de un bebé en las fauces de un perro salvaje parecía
poco probable. No se concebía que los dingos pudieran sostener en su mandíbula
a pequeños infantes y en el caso concreto
correr rápidamente sin ser alcanzado por los padres de la niña.
En
México hace algunos años la sociedad se sumió en una polémica con
características parecidas, la niña Paulete Gebara Farah desapareció
inexplicablemente de la recámara de su casa, sin que nadie supiera quién ni
cómo fue, ni la hora, solamente se supo que suceso aconteció durante la noche.
Días
posteriores, después de echar andar toda la maquinaria investigadora del estado
de México se llegó a la conclusión que nadie sustrajo a la menor, que su
cuerpecito rodó a un extremo de la cama así, la pequeña Paulette quedó atrapada
entre el colchón y la pared, lo cual le dio al caso el tinte de poco creíble pero
así lo determinaron las autoridades.
Cierto
o no, varias alas de la sociedad ya determinaron su condena, pero para otras
partes se sigue interrogándose qué sucedió realmente, si se volverá abrir el
caso.
Lo
anterior son consideraciones que hacen ver a la justicia pronta y expedita como
difícil de concretizar.
La
justicia derivada de los procesos judiciales es sin duda el medio más objetivo
para llegar a conclusiones, pero no necesariamente con esto se puede arribar siempre
una verdad histórica.
YURI
PAVÓN ROMERO
En
los siguientes sitios electrónicos puede apreciarse información al respecto:
Película
completa en: http://www.youtube.com/watch?v=Edub5mv7-SI

TREINTA
Y DOS AÑOS DESPUÉS


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